El pasado 1 de junio entró en vigor el Real Decreto que obliga a las viviendas a presentar un certificado de eficiencia energética antes de alquilar o vender un piso, una medida dirigida a un mejor aprovechamiento de los recursos de los que disponemos.
De esta forma la atmósfera recibirá menos gases contaminantes procedentes de la combustión urbana y los ciudadanos, de paso, podrán ahorrar en las facturas de la luz y el gas, ya que podrán mantener las confortables condiciones de su inmueble reduciendo el gasto.
¿Cómo es el certificado energético?
Según afirma Gonzalo Cervera, Director de Tinsa Certify, el certificado será un documento que valorará la eficiencia de la energía que se consume en los hogares, los centros de trabajo y los diferentes espacios públicos. El documento otorgará una letra del abecedario, de la A a la G, al estilo de las que aparecen actualmente en los electrodomésticos, siendo los calificados con la A los más eficientes y con la G los menos eficientes.
- A Alto nivel de eficiencia (consumo inferior al 55% de la media).
- B Entre el 55 y el 75%.
- C Entre el 75 y el 90%.
- D Entre el 90 y el 100%.
- E Entre el 100 y el 110%.
- F Entre el 110 y el 125%.
- G Superior al 125%.
Para ello los profesionales cualificados para realizar una certificación energética (arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales e ingenieros técnicos industriales) medirán la capacidad aislante de los muros, ventanas, cubiertas y suelos, así como la potencia y rendimiento de los aparatos que proveen a los inmuebles de calefacción, aire acondicionado y agua caliente. Con los datos obtenidos en la medición se obtendrá la calificación energética de la vivienda, calificación que, firmada por el técnico, será la certificación de la vivienda. Dentro de la calificación, el técnico podrá establecer unas medidas para mejorar la eficiencia de la energía del inmueble.
Las viviendas arrendadas menos de cuatro meses al año están exentas
La nueva medida aprobada por el Gobierno se extiende a todas las comunidades autónomas. Las diferentes administraciones regionales tendrán de plazo hasta el 13 de julio para regular el uso y funcionamiento de los registros, eligiendo cada una de ellas los procesos a seguir
Las viviendas en alquiler también deberán tener su certificado
La ley también incluye a las viviendas en alquiler. El propietario está en la obligación de anunciar y mostrar el certificado al nuevo inquilino. El texto hace una excepción para aquellas que se vayan a alquilar por un periodo inferior a cuatro meses al año, así como las que vayan a tener un consumo energético previsto inferior al 25% de lo estimado para ese domicilio.
Fuentes de referencia
Rankia (2013) “Certificado de eficiencia energética”.
El Mundo (2013) “Encuentros. Gonzalo Cervera, de Tinsa Certify”.