Cómo desgravar la reforma energética de tu vivienda en la declaración de la renta

Cómo desgravar la reforma energética de tu vivienda en la declaración de la renta

28 marzo, 2023 Eficiencia energética, Leyes materia tributaria

Se inaugura la Campaña de la Renta de 2022, con importantes novedades en materia de eficiencia energética. Hoy explicamos las deducciones fiscales que podrás obtener si has realizado obras para mejorar el consumo y la eficiencia de tu vivienda. También te interesa si estás planeando hacerlo.

El Real Decreto Ley 19/2021, del 5 de octubre de medidas urgentes para impulsar la rehabilitación edificatoria, que supuso el punto de arranque del plan de rehabilitación de viviendas y edificios bajo el paraguas de los fondos europeos Next Generation, estableció dos tipos de deducciones fiscales asociadas a la inversiones en vivienda tendentes a rehabilitación con fines de eficiencia energética: las deducciones por mejoras energéticas que reduzcan la demanda de refrigeración y calefacción y aquellas por obras que mejoren el consumo de energía primaria no renovable, siempre que estas actuaciones puedan acreditarse con el certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido por el técnico competente después de la realización de las obras, respecto del expedido antes del inicio, con un máximo de dos años, de las mismas.

En el primer caso, la deducción será de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas entre el 6 de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023, que reduzcan en un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en la vivienda habitual, hasta un máximo de 5.000€ por vivienda. También será de aplicación en viviendas que el titular tuviera arrendada para su uso como vivienda o en expectativa de alquilar, en este último supuesto siempre que se alquile antes del 31 de diciembre de 2024.

Precisamente, el pasado mes de enero contamos desde este post algunas de las principales actuaciones que contribuyen significativamente en la mejora de la eficiencia energética de nuestra vivienda y nuestro edificio.

En el segundo supuesto, el porcentaje de la deducción será de un 40% hasta un máximo de 7.500€ cuando se logre reducir en, al menos, un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable o se consiga una mejora de la calificación energética “A” o “B” en la misma escala de calificación. Aquí podrás consultar la información sobre las desgravaciones fiscales por la rehabilitación de viviendas y la Guía de los fondos Next Generation sobre las desgravaciones fiscales para la rehabilitación de edificios y viviendas te ayudará a resolver todas tus dudas en materia de cómo desgravarte en la próxima campaña de la renta. Asimismo, desde esta página de la Agencia Tributaria tienes toda la información para rellenar

En los dos casos, el documento que debes presentar para beneficiarte de estas deducciones fiscales es el Certificado de Eficiencia Energética (CEE). Es la forma de acreditar que se ha reducido la demanda o el consumo. Necesitarás un certificado de cuál era la situación inicial antes de las actuaciones y otro certificado que acredite la situación resultante tras las obras.

En Tinsa somos expertos en certificación energética y nuestro departamento de consultoría energética ha realizado más de 100.000 certificados de eficiencia energética desde 2013, gracias a su red de técnicos especialistas para realizar el análisis de inmuebles en cualquier ubicación, con la garantía del mayor grupo independiente de valoración de Europa y Latinoamérica.

Y recuerda: si las mediciones y el análisis de los consumos se realizan sin rigor técnico, las conclusiones del informe pueden ser erróneas y condicionar la eficacia real de las posibles actuaciones de mejora, así como dificultar la acreditación de ahorros de cara a la obtención de subvenciones.

Desde Tinsa, estaremos encantados de resolver todas tus dudas sobre nuestros servicios de consultoría energética y te ayudaremos a obtener tu certificado. Solicítalo aquí.

 

 


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