Operaciones Vinculadas
En la Ley 36/2006, el Real Decreto 1793/2008 y el Real Decreto Ley 6/2010 se definen, entre otros, los supuestos de vinculaciones entre personas y entidades vinculadas, y el precio por el que deben registrarse las operaciones realizadas entre ellas, denominándolo valor normal de mercado.
Así mismo se recoge que la Administración Tributaria podrá comprobar dicho valores y efectuar, en su caso, las correcciones de valor que procedan. Para ello las empresas deberán disponer de la documentación justificativa que avalen los valores.
Desde TINSA, como empresa de reconocido prestigio en la valoración de inmuebles, le asesoramos respecto a la mejor forma de elaborar la valoración, mediante:
- La selección del método de valoración más adecuado.
- La descripción de las razones que justifiquen la elección del mismo, así como su forma de aplicación.
- La realización del análisis de comparabilidad.
En TINSA contamos con un amplio número de delegaciones en Europa y América, por lo que podemos dar soporte a nuestros clientes en la valoración de operaciones vinculadas que se produzcan a nivel internacional o que afecten a inmuebles ubicados en distintos países.



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